Servidores públicos: crítica y autocrítica

 



OPINIÓN 

SERVIDORES PÚBLICOS: CRÍTICA Y AUTOCRÍTICA

Por Manuel Salvador Molina Hurtado

Abogado constitucionalista y Administrativista

 

“Frente al Poder, el intelectual tiene un único papel natural: poner en entredicho las acciones del Estado, echar por delante la crítica, hacer ver el error o el desvío antes que los aciertos… y alejarse de toda forma de aplauso. Ésta es la crítica dentro de un sistema democrático, y es también la autocrítica, vista la trascendencia que tiene forzosamente el juicio de los ciudadanos…”. Ricardo Garibay, escritor y periodista mexicano (1923-1999)

 

A partir de 1988 -con la elección popular de alcaldes- de un lado, y de otro en 1991 -con la nueva Constitución- aparece en los contextos político local y nacional un renovado Estado y, en consecuencia, un nuevo modelo administrativo para su manejo y control.



Dentro de tales cambios, destaca que a partir de estas instancias históricas el Estado debe concentrar su esmero en la aplicación de su razón de ser: el ciudadano, por encima de cualquier otra consideración, así sea normativa.  El imperio de la persona humana, del individuo y las minorías, sobre la tiranía de las mayorías y de las normas jurídicas. La predominancia de los derechos humanos sobre la hegemonía inhumana del orden y de las injusticias consagradas en las reglas impositivas jurídicas.

Debieron, entonces, y lo deben ahora, los trabajadores estatales acatar con toda conciencia y plenitud el  concepto moderno, según el cual el ente territorial está compuesto por una asociación de seres humanos libres.

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De allí, que la concepción del término servidor público goza hoy de otra significación, ahora, es el representante de la ciudadanía en el Estado para lograr su convivencia y desarrollo tanto individual como colectivo. Significación que hace parte estructural de los conceptos  últimos de Estado, de ciudadano y de Sociedad. 

Por eso, el nuevo ordenamiento jurídico y político marca el derrotero que han de seguir los funcionarios públicos en el desempeño de sus funciones. Se acabaron los tiempos del despotismo y el abuso, del desconocimiento de los derechos del ciudadano como sujeto de derechos políticos, a cuyo tenor reza el artículo 40 constitucional “Todo ciudadano tiene derecho a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político”, cobijando, en efecto, entre varios, el derecho de intervenir en el control de los dirigentes políticos.  



En este orden de ideas, lo que recibe el servidor público es una sociedad para desarrollar asumiendo una actitud democrática, de liderazgo y respeto, cuyo objetivo supremo es el bienestar general y el mejoramiento de la calidad de vida de la población, fundándose en  la participación ciudadana individual y comunitaria.  

Y, desde luego, respetando la libertad de expresión, en el entendido de que ésta no es sinónimo de agravios infundados.  De entender, con convicción íntima,  que un país está conformado por personas pensantes y sujetos de derechos.



Y, que por tanto, el gobernante está obligado a dar ejemplo del cumplimiento de la constitución garantizando los derechos del ciudadano; y que, por lo mismo, debe   facilitar la crítica ciudadana, cuando a ella hubiere lugar. Esto es, en resumen, el derecho de exigirle  a los servidores públicos que se rijan por la Ley, la moral y la ética, propias a la función pública,

Y, en derivación su obligación de reconocer los errores señalados en justicia y democráticamente, y proceder a su corrección. Sin dilación alguna: crítica y autocrítica.

De contera y para reflexionar:

“Sobre todo examinen lo habitual. No acepten sin discusión las costumbres heredadas. Ante los hechos cotidianos, por favor, no digan: “Es natural”. En una época de confusión organizada, de desorden decretado, de arbitrariedad planificada y de humanidad deshumanizada... Nunca digan: “Es natural”.  Para que todo pueda ser cambiado.” Bertolt Brecht, Filósofo, dramaturgo y poeta alemán, uno de los pensadores más influyentes del siglo XX, (1898-1956)

 Timaná, Huila, 7 de febrero de 2025


 

Exjuez de la República

Expersonero Municipal de Timaná

Exconsejero Departamental de Paz del Huila

 

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