Servidores públicos: crítica y autocrítica
OPINIÓN
SERVIDORES
PÚBLICOS: CRÍTICA Y AUTOCRÍTICA
Por
Manuel Salvador Molina Hurtado
Abogado
constitucionalista y Administrativista
“Frente al Poder, el
intelectual tiene un único papel natural: poner en entredicho las acciones del
Estado, echar por delante la crítica, hacer ver el error o el desvío antes que
los aciertos… y alejarse de toda forma de aplauso. Ésta es la crítica dentro de
un sistema democrático, y es también la autocrítica, vista la trascendencia que
tiene forzosamente el juicio de los ciudadanos…”. Ricardo
Garibay, escritor y periodista mexicano (1923-1999)
A partir de 1988 -con la
elección popular de alcaldes- de un lado, y de otro en 1991 -con la nueva Constitución-
aparece en los contextos político local y nacional un renovado Estado y, en consecuencia,
un nuevo modelo administrativo para su manejo y control.
Dentro de tales cambios,
destaca que a partir de estas instancias históricas el Estado debe concentrar su
esmero en la aplicación de su razón de ser: el ciudadano, por encima de
cualquier otra consideración, así sea normativa. El imperio de la persona humana, del individuo
y las minorías, sobre la tiranía de las mayorías y de las normas jurídicas. La
predominancia de los derechos humanos sobre la hegemonía inhumana del orden y de
las injusticias consagradas en las reglas impositivas jurídicas.
Debieron, entonces, y lo deben
ahora, los trabajadores estatales acatar con toda conciencia y plenitud el concepto moderno, según el cual el ente territorial
está compuesto por una asociación de seres humanos libres.
¿Sufre dolores de espalda, calambres, desgarres y luxaciones? Por favor vea este video:
De allí, que la concepción del
término servidor público goza hoy de otra significación, ahora, es el
representante de la ciudadanía en el Estado para lograr su convivencia y
desarrollo tanto individual como colectivo. Significación que hace parte
estructural de los conceptos últimos de
Estado, de ciudadano y de Sociedad.
Por eso, el nuevo ordenamiento
jurídico y político marca el derrotero que han de seguir los funcionarios
públicos en el desempeño de sus funciones. Se acabaron los tiempos del
despotismo y el abuso, del desconocimiento de los derechos del ciudadano como
sujeto de derechos políticos, a cuyo tenor reza el artículo 40 constitucional “Todo
ciudadano tiene derecho a participar en la conformación, ejercicio y control
del poder político”, cobijando, en efecto, entre varios, el derecho de
intervenir en el control de los dirigentes políticos.
En este orden de ideas, lo que
recibe el servidor público es una sociedad para desarrollar asumiendo una
actitud democrática, de liderazgo y respeto, cuyo objetivo supremo es el bienestar
general y el mejoramiento de la calidad de vida de la población, fundándose
en la participación ciudadana individual
y comunitaria.
Y, desde luego, respetando la
libertad de expresión, en el entendido de que ésta no es sinónimo de agravios
infundados. De entender, con convicción íntima,
que un país está conformado por personas
pensantes y sujetos de derechos.
Y, que por tanto, el gobernante está obligado a dar ejemplo del cumplimiento de la constitución garantizando los derechos del ciudadano; y que, por lo mismo, debe facilitar la crítica ciudadana, cuando a ella hubiere lugar. Esto es, en resumen, el derecho de exigirle a los servidores públicos que se rijan por la Ley, la moral y la ética, propias a la función pública,
Y, en derivación su obligación
de reconocer los errores señalados en justicia y democráticamente, y proceder a
su corrección. Sin dilación alguna: crítica y autocrítica.
De contera y para reflexionar:
“Sobre todo examinen lo
habitual. No acepten sin discusión las costumbres heredadas. Ante los hechos
cotidianos, por favor, no digan: “Es natural”. En una época de confusión
organizada, de desorden decretado, de arbitrariedad planificada y de humanidad
deshumanizada... Nunca digan: “Es natural”.
Para que todo pueda ser cambiado.” Bertolt
Brecht, Filósofo, dramaturgo y poeta
alemán, uno de los pensadores más influyentes del siglo XX, (1898-1956)
Timaná, Huila, 7 de febrero de 2025
Exjuez
de la República
Expersonero
Municipal de Timaná
Exconsejero
Departamental de Paz del Huila
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