Sala Quinta del Consejo de Estado, último recurso de Clarena Mora



Como en la película infantil de Daniel el Travieso, donde el padre le prohíbe la entrada a la casa del señor Wilson y le condiciona que solo en un hipotético caso en que el señor Wilson quedase prendido de un solo dedo y amenace con caerse, podrá Miguel ingresar al domicilio para salvarlo, así quedó la credencial de la concejala de Pitalito Clarena Mora Méndez




Como se recordará, la entonces concejala por el partido de la U decidió a mediados del año 2023, abandonar esa agrupación política por considerar que la lista quedaría débil ante la salida del concejal Wiliam Arboleda




Buscó varias opciones y finalmente dos partidos de la derecha a quienes el Consejo Nacional Electoral les devolvió la personería jurídica, Nueva Fuerza Democrática del expresidente Andrés Pastrana Arango y Salvación Nacional liderado por Enrique Gómez Martínez, le otorgaron aval para revalidar su credencial. 

No se pierda este video: 



El error fue no haber renunciado al partido de la U y tan pronto salió electa, la demanda por doble militancia no se hizo esperar. 

Fallo del Tribunal Administrativo del Huila

La semana pasada el Honorable Tribunal Administrativo del Huila falló, anulando su credencial como concejala de Pitalito, en una providencia de primera instancia, dejando prácticamente cerrada la posibilidad de una apelación, pues la decisión de los magistrados es contundente. 

Ver el fallo: 


FALLO TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL HUILA

Sin embargo, algunos abogados expertos en derecho administrativo argumentan que después de la reforma a la Ley sobre las segundas instancias, aprobadas en 2011, estos casos que antes no tenían ninguna posibilidad de ser apelados, ahora podrán solicitar ese recurso. 




Será entonces la Sala Quinta del Honorable Consejo de Estado la instancia que revisaría esta sentencia del Tribunal Administrativo del Huila, en el caso de la concejala Clarena Mora, si así lo decide ella y sus abogados. 

Fallos similares

Hemos revisado varios casos de diferentes concejales de varios municipios y departamentos del país, todos relacionados con la doble militancia y fallados en contra de los cabildantes, apelados a la última instancia, es decir, Sala Quinta del Consejo de Estado, encontrando que varios de ellos fueron admitidos sus recursos. 




No obstante, dicha revisión o apelación en todos los casos ha sido adverso para los demandantes y lo que hace la Sala Quinta es confirmar las sentencias emitidas por los tribunales departamentales, pues la doble militancia política es duramente castigada en el ámbito del derecho administrativo y los fallos de los últimos años emitidos por esa alta corporación se ha convertido en doctrina y fija jurisprudencia.     


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