Lo del personero de Pitalito fue la crónica de una destitución anunciada

 




Diez años de inhabilidad para ejercer cargos públicos, además de destitución del cargo, fue la sanción disciplinaria proferida contra Hernando Reyes Liscano, personero del municipio de Pitalito.

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Así lo determinó el procurador Regional del Huila, Diego Alexis Tello Esquivel, en el fallo de primera instancia. “Es procedente emitir la sanción correspondiente, ante la comprobación de la materialización de circunstancias que atenúan el comportamiento, y este término corresponde a la mínima sanción a imponer según el análisis objetivo realizado para su graduación”, dijo el funcionario.



Fue la crónica de una destitución anunciada 

Como en la novela de García Márquez de la Crónica de un Muerte Anunciada, la destitución del abogado Reyes Lizcano ya estaba cantada, pues era evidente la contratación que había realizado con varias entidades estatales, municipales del orden descentralizado como la Empresa de Servicios Públicos Domiciliarios de Pitalito (EMPITALITO) el Instituto de Tránsito y Transporte de Pitalito (INTRAPITALITO) y la ESE Manuel Castro Tovar, a solo dos meses antes de su elección.  

La investigación disciplinaria contra Reyes Liscano, inició el 26 de septiembre de 2020, ante la denuncia instaurada por Juan Pablo Puentes Vargas, porque estaba presuntamente inhabilitado para participar en la convocatoria de concurso público para el cargo de Personero Municipal de Pitalito, periodo 2020-2024.   

Agregó que el hoy Personero se encontraba inhabilitado para ser elegido toda vez que doce meses antes del concurso, había suscrito dos contratos con el Instituto Municipal de Tránsito y Transporte de Pitalito (INTRAPITALITO) y la Empresa Social del Estado (ESE) ‘Manuel Castro Tovar’.



Precisó que Reyes Liscano celebró el contrato de mínima cuantía relacionado con la invitación publica No. 003 de 2019 con INTRAPITALITO, el 24 de enero de 2019, para el servicio de telecomunicaciones, frecuencia y soporte técnico para los radios de comunicaciones portátiles con los que cuenta el Instituto de Tránsito y Transporte, “que permitan garantizar la comunicación de los funcionarios en el casco urbano y rural del municipio”.

El segundo contrato, que era con la ESE ‘Manuel Castro Tovar’  era de prestación de servicio No. 0080 de 2019, el primero de octubre de 2019, para realizar publicidad y propaganda para la promoción de la salud y prevención de la enfermedad. “Dando cumplimento al contrato interadministrativo No. 091 de 2019 (PIC)."



Apeló la decisión

Tan pronto fue notificado de la providencia emitida por la Procuraduría Regional del Huila, el abogado Reyes Liscano apeló el falló ante la Procuraduría General de la Nación, por lo que continúa la frente del cargo en espera del resultado que emita a quien corresponda revisar el caso. 

Fuente de la información: diario La Nación del Huila.  

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